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AyC es declarada de Utilidad Pública

El Boletín Oficial del Estado del 19 de junio publica una Orden del Ministerio del Interior que declara de "Utilidad Pública" a la Asociación Acoger y Compartir.

Esta declaración es un reconocimiento oficial por parte del Estado de que nuestra asociación "sirve al interés general" y conlleva, entre otras consecuencias, beneficios fiscales para las personas e instituciones que aporten ayudas a nuestra asociación.

La orden dice lo siguiene:

El artículo 32 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación (BOE núm. 73, de 26-3-2002), dispone que, a iniciativa de las correspondientes asociaciones, podrán ser declaradas de utilidad pública aquéllas en las que concurran los siguientes requisitos: que sus fines estatutarios tiendan a promover el interés general; que su actividad no esté restringida exclusivamente a beneficiar a sus asociados; que los miembros de los órganos de representación que perciban retribuciones no lo hagan con cargo a fondos y subvenciones públicas; que cuenten con los medios personales y materiales adecuados y con la organización idónea para garantizar el cumplimiento de sus fines estatutarios; y que se encuentren constituidas, inscritas en el Registro correspondiente, en funcionamiento y dando cumplimiento efectivo a sus fines estatutarios, ininterrumpidamente y concurriendo todos los precedentes requisitos, al menos durante los dos años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.

Según se establece en el artículo 3 del Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública (BOE núm. 11, de 13 de enero de 2004), la declaración de utilidad pública se llevará a cabo por Orden del Ministro del Interior, previo informe favorable de las Administraciones Públicas competentes en razón de los fines estatutarios y actividades de la Asociación y, en todo caso, del Ministerio de Economía y Hacienda. En su virtud, previa instrucción de los correspondientes expedientes, en los que obran los preceptivos informes favorables, se acuerda:

Primero.–Declarar de utilidad pública las siguientes asociaciones inscritas en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior:
Denominación: Acoger y Compartir. Nº Nacional: 170871

[...]

[Boletín Oficial del Estado (Número 145. 19 de junio del 2006). Orden del Ministerio del Interior del 24 de mayo (INT/1941/2006)] Páginas correspondientes del BOE en PDF

 
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19 Junio, 2006
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